Esta es la diferencia entre el Subsidio Familiar y el Subsidio Familiar Automático

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Se parecen, pero no son lo mismo. El Subsidio Familiar (SUF) y el Subsidio Familiar Automático son dos beneficios que entrega el Estado, pero que van dirigidos a distintos grupos de la población del país.

Eso sí, ambos coinciden en que son entregados a personas que pertenecen a grupos más vulnerables de la población y en los montos que entregan.

¿Cuál es la diferencia entre el Subsidio Familiar y el Subsidio Familiar Automático?

Subsidio Familiar: 

Este subsidio está dirigido a las personas que sean parte del 60% más vulnerable de la población, de acuerdo al Registro Social de Hogares.

Serán beneficiarios del SUF, las madres, padres o tutores que no estén en condiciones de proveer por sí solos, o en unión del grupo familiar, a sus cargas familiares, como los menores de edad y personas en situación de discapacidad.

De este modo, podrán ser beneficiarios del SUF:

  • Madres.
  • Padres.
  • Guardadores, guardadoras o personas que tengan a su cargo a niños, niñas y/o adolescentes.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o física de cualquier edad, y vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (recibirán el Subsidio Maternal).

Los que resulten acreedores del SUF recibirán la suma de $20.328 por cada carga familiar debidamente acreditada. Por otro lado, las personas discapacitadas reciben el doble de este monto, es decir, $40.656.

Subsidio Familiar Automático: 

Este subsidio está dirigido a los hogares compuestos por niños, niñas y adolescentes que reúnan las siguientes características:

  • Sea menor de 18 años.
  • Niños y niñas hasta los 8 años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
  • Niños y niñas mayores de 6 años deben acreditar que son estudiantes regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
  • No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de acuerdo con la Calificación Socioeconómica del RSH.
  • No contar con reconocimiento en Asignación Familiar o Subsidio Familiar, ni recibir el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

El pago es de $20.328 por carga familiar, lo que significa que este monto se otorga por cada niño, niña o adolescente que cumpla las condiciones. Además, se paga $40.656 por cada carga familiar que tenga una discapacidad debidamente acreditada.